¿Quién es competente para la entrega de bienes en el proceso penal?

Producción: Contribución a una revistaArtículorevisión exhaustiva

Resumen

El presente artículo gira en torno a la motivación que tuvo el autor para instaurar una acción pública de inconstitucionalidad en contra del artículo 88 del Código de Procedimiento Penal (devolución de bienes) y que culminó con el proferimiento de la sentencia C-591 de 2014, M.P. Luis Ernesto Vargas Silva. A su vez se pretende reflejar un proyecto de enseñanza a partir de la constitucionalización del proceso penal y la aplicación de conceptos, más allá del formalismo de las normas jurídicas expedidas por el legislador.
Idioma originalEspañol
Número de artículo48
Páginas (desde-hasta)157-169
Número de páginas13
PublicaciónNueva Época
EstadoPublicada - 2017
Publicado de forma externa

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