Resumen
En lo que se refiere a las contramedidas en el ámbito del derecho internacional, las concepciones sobre lo que son eventos de incumplimiento y violaciones del derecho internacional difieren entre ellas cuando se estudia la conducta de los Estados desde una óptica fenomenológico-hermenéutica que diseccione sus motivaciones y haga un examen sobre lo que para ellos es o no beneficioso y que, en últimas, haga coincidentes el mundo de la política (poder) y el mundo del derecho (ley). Para evidenciar esta, la hipótesis del artículo, se utilizan diversas concepciones que abarcan desde aquellas denominadas funcionalistas hasta las llamadas pragmáticas, pasando por posiciones intermedias catalogadas como procesalistas o formalistas. La conclusión, que parece contraintuitiva, es que el derecho internacional se realiza en el contexto de las contramedidas, así, en ocasiones, sus preceptos sean incumplidos o violados
Título traducido de la contribución | Countermeasures and self-help in international law: hermeneutic and phenomenological contours |
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Idioma original | Español |
Páginas (desde-hasta) | 1-27 |
Número de páginas | 27 |
Publicación | Revista de la Facultad de Derecho y Ciencias Politicas |
Volumen | 49 |
N.º | 130 |
DOI | |
Estado | Publicada - 15 jun. 2019 |
Palabras clave
- International law
- UN, countermeasures
- hermeneutics
- phenomenology